Indicadores · Observatorio PV®
Cifras actualizadas sobre burnout, estrés laboral y clima organizacional en Perú y América Latina. Datos de fuentes primarias, interpretados desde la práctica clínica.
El 67% de trabajadores peruanos reporta síntomas compatibles con burnout, según datos compilados por el MINSA y la OIT Perú en 2025. Esta cifra es 12 puntos porcentuales superior a la reportada en 2022.
Los sectores más afectados son salud (82%), educación (74%) y servicios financieros (71%). En el sector salud, el burnout severo alcanza niveles críticos tras el período post-pandemia, con indicadores que no han regresado a los niveles pre-2020.
El análisis por género muestra diferencias significativas: las mujeres reportan niveles más altos de agotamiento emocional (71% vs 63%), mientras que los hombres muestran índices más altos de cinismo y despersonalización (34% vs 22%). Estas diferencias se explican en parte por la distribución desigual de la carga de trabajo no remunerado.
Fuentes: MINSA (2025), OIT Perú (2025), Encuesta de Salud Mental Laboral — Universidad Peruana Cayetano Heredia (2024)
El costo anual del estrés laboral en América Latina supera los USD 83,000 millones, según la CEPAL (2025). En Perú, las estimaciones oscilan entre S/ 12,000 y S/ 18,000 millones anuales en productividad perdida, rotación y ausentismo.
Fuentes: CEPAL (2025), OIT (2024), Lancet Psychiatry (2023), Deloitte Global Mental Health Survey (2024)
La Ley N° 29783 y su modificación mediante la Ley N° 30222 establecen obligaciones explícitas para las empresas en materia de salud mental laboral. Sin embargo, el 72% de empresas peruanas no cuenta con políticas formales de salud mental.
El DS N° 005-2012-TR y el DS N° 006-2014-TR incluyen los riesgos psicosociales como categoría de riesgo laboral. La Resolución Ministerial N° 050-2013-TR establece el formato de matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPER), que debe incluir factores psicosociales.
La SUNAFIL ha incrementado las fiscalizaciones por riesgos psicosociales a partir de 2024. Las multas por incumplimiento oscilan entre 0.5 UIT (infracciones leves) y 100 UIT (infracciones muy graves), con un agravante del 25% si hay daño a la salud del trabajador.
Las organizaciones con más de 20 trabajadores tienen la obligación de implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo que incluya la identificación y control de riesgos psicosociales. El incumplimiento expone a multas y responsabilidad civil ante el trabajador afectado.
Fuentes: SUNAFIL (2025), MTPE (2024), Ley 29783, DS 005-2012-TR
% de trabajadores con síntomas de burnout por sector. Fuente: MINSA / Encuesta Nacional de Salud Mental Laboral 2025.
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